Calculadora de indemnización actualizada con los cambios de la Ley 27.802 vigente desde marzo 2026. Estimaciones orientativas — consultá con un abogado laboralista matriculado para tu caso concreto.

La fórmula base no cambió, pero la base de cálculo sí

La indemnización por despido sin causa sigue siendo 1 mes de sueldo por año trabajado (o fracción mayor a 3 meses). Lo que cambió con la Ley 27.802 es qué se considera "sueldo" para ese cálculo. Y esa diferencia puede ser significativa.

¿Qué se incluye en la base de cálculo ahora?

✅ SÍ se incluye:

  • Remuneración mensual normal y habitual
  • Bonos o comisiones si son parte regular de la remuneración

❌ Ya NO se incluye (cambio clave de la Ley 27.802):

  • SAC / aguinaldo
  • Vacaciones proporcionales

Comparativa: antes vs. ahora

Concepto Antes (hasta feb 2026) Ahora (Ley 27.802)
Fórmula1 mes × año1 mes × año
SAC en baseNo
Vacaciones en baseNo
Actualización créditosVarios índicesIPC + 3% anual
Pago en cuotasNoSí (6–12 cuotas)

Ejemplo práctico de cálculo

Trabajador con sueldo bruto mensual de $1.500.000 y 5 años de antigüedad:

Antes (hasta febrero 2026)

  • Remuneración mensual: $1.500.000
  • SAC proporcional incluido: +$125.000
  • Base de cálculo: $1.625.000
  • Indemnización: $1.625.000 × 5 = $8.125.000

Ahora (Ley 27.802)

  • Remuneración mensual: $1.500.000
  • SAC: no se incluye
  • Base de cálculo: $1.500.000
  • Indemnización: $1.500.000 × 5 = $7.500.000

Diferencia: −$625.000 (7,7% menos en este ejemplo). El impacto aumenta cuanto mayor sea la antigüedad.

¿Qué es el Fondo de Asistencia Laboral (FAL)?

La Ley 27.802 crea un sistema alternativo al cálculo tradicional. Funciona así:

  • El empleador aporta entre 1% y 3% del salario mensualmente a un fondo individual del trabajador
  • Cuando se produce el despido, el trabajador cobra de ese fondo acumulado
  • Requiere acuerdo por convenio colectivo — no es automático
  • Para sectores sin convenio específico, todavía está en proceso de implementación

Si tu empleador contribuye al FAL, el cálculo de la indemnización puede diferir del método tradicional.

Preaviso: ¿cambió algo?

Situación Preaviso Cambio
Hasta 5 años de antigüedad1 mesSin cambios
Más de 5 años2 mesesSin cambios
En período de pruebaSin obligaciónCambio: antes había preaviso mínimo

¿Qué pasa si me despiden y no estoy de acuerdo?

Podés reclamar judicialmente. Aspectos a tener en cuenta con la nueva ley:

  • Los juicios laborales del fuero nacional pasan a tramitarse en el fuero CABA
  • Las sentencias pueden pagarse en cuotas: hasta 6 para grandes empresas, hasta 12 para PyMEs
  • La actualización de la deuda durante el juicio es IPC + 3% anual
  • Ya hay un fallo cordobés que cuestionó el mecanismo de actualización para litigios anteriores a marzo 2026 — el panorama judicial puede cambiar

Preguntas frecuentes

¿Mi indemnización baja automáticamente con la nueva ley?

Si te despidieron después del 6 de marzo de 2026, aplica la Ley 27.802 y el SAC ya no forma parte de la base. Si fue antes, aplica la normativa anterior. Para conflictos en curso con créditos nacidos antes de la reforma, el primer fallo cordobés sugiere que puede seguir aplicando el sistema anterior de actualización.

¿El tope indemnizatorio cambió?

La fórmula base (1 mes × año) se mantiene, pero al reducirse la base de cálculo el monto efectivo puede ser menor. No existe un tope nominal fijo — el tope es la remuneración mensual normal y habitual. Consultá con un abogado laboralista para tu situación concreta.

¿Puedo calcular mi indemnización en este sitio?

Próximamente sumamos una calculadora de indemnización. Por ahora podés usar el simulador de sueldo neto para conocer tu remuneración bruta y neta mensual, dato base para estimar la indemnización.

¿Aplica igual para todos los sectores?

La Ley 27.802 aplica a todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado regidos por la Ley de Contrato de Trabajo 20.744. Los estatutos especiales (docentes, periodistas, viajantes, etc.) pueden tener reglas propias — algunos se derogan a partir del 1 de enero de 2027.

Estimación orientativa. No reemplaza asesoramiento de un abogado laboralista matriculado. Verificá siempre en el Ministerio de Trabajo y fuentes oficiales.